DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No.13155
23 de diciembre, 2011
DFOE-EC-0661
Licenciado
Alfredo Cordero Chinchilla
Secretario Junta Directiva
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Estimado señor:
Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial del período 2012 de la
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los señores miembros de Junta
Directiva, y se emitan las instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, me
permito remitirle el presupuesto inicial de esa entidad aprobado parcialmente por la suma
de ¢14.610.609,6 miles.
Sobre el particular le indicamos lo siguiente:
1. CONSIDERACIONES GENERALES
1.1. Origen del estudio y alcance
El estudio se originó en las atribuciones conferidas a la Contraloría General
de la República en los artículos 184 de la Constitución Política de la República de Costa
Rica, 18 de su Ley Orgánica No. 7428 y otras leyes conexas.
Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista los siguientes
documentos: el presupuesto ordinario y el plan operativo institucional, que fueron
aprobados por la Junta Directiva, según consta en el acta de la sesión extraordinaria No.
61-2011 celebrada el 26 de setiembre de 2011, y que fueran remitidos con el oficio No.
455-GG-2011 del 30 de setiembre de 2011.
El estudio se realizó de acuerdo con la normativa jurídica aplicable según las
circunstancias, la normativa técnica que rige la materia y la emitida por la Contraloría
General de la República, según su competencia. El cumplimiento del bloque de legalidad
en relación con la etapa de formulación y aprobación interna es responsabilidad del
jerarca y los ...
Fecha publicación: 13/01/2012
Fecha emisión: 23/12/2011
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 501-8000 F: (506) 501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 12542
TELEFAX Nro. 2591-1202
12 de diciembre, 2011
DFOE-DL-1149
Señora
Laura Rojas Araya
Secretaria Municipal
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Señor
José Rafael Huertas Guillén
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Cartago
Estimada señora y señor:
Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial del período 2012 de
la Municipalidad de Oreamuno.
Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los miembros del Concejo
Municipal, así como para que se emitan las instrucciones a las instancias que
resulten pertinentes, me permito remitirle el presupuesto inicial de esa
Municipalidad, aprobado parcialmente por la suma de ¢1.450.469,9 miles.
Sobre el particular le indicamos lo siguiente:
1. CONSIDERACIONES GENERALES.
1.1. ORIGEN DEL ESTUDIO Y ALCANCE.
El estudio se originó en las atribuciones conferidas a la Contraloría
General de la República en los artículos 184 de la Constitución Política, 18 de su
Ley Orgánica Nro. 7428, 97 del Código Municipal y otras leyes conexas.
Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista el presupuesto inicial
y el plan operativo institucional, que fueron aprobados por el Concejo Municipal,
según consta en la copia del acta de la sesión Nro. 120-2011 celebrada el 23 de
setiembre de 2011 (ratificada en la sesión ordinaria Nro. 121-2011 del 26 de
setiembre del año en curso) y se remitieron con el oficio Nro. AM-0281-2011jrhg del
28 de setiembre de 2011.
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
DFOE-DL-1149 2 12 de diciembre, 2011
T: (5 ...
Fecha publicación: 15/12/2011
Fecha emisión: 12/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11057
09 de noviembre de 2011
DJ-1234-2011
Señor
William Maroto Pérez
Encargado de Gestión Ambiente a.i.
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta formulada por el señor Maroto Pérez, referente al convenio de
ruta Pococí – Santa Rosa.
Damos respuesta a su oficio número 0169-2011 dga-wmp de fecha 18 de octubre pasado,
mediante el cual se refiere a un convenio que firmó la Municipalidad de Oreamuno con la
Municipalidad de Pococí, para ayudar a que el MOPT pudiera habilitar una ruta alterna: Pococí-
Santa Rosa de Oreamuno. Nos menciona que ese camino ya existía, pero hubo un trayecto de
aproximadamente 37 kilómetros que se dejó de utilizar y ahora forma parte de fincas y que dicho
paso es colindante con el Parque Nacional Volcán Irazú y algunas zonas de protección, siendo por
ello que se solicita el criterio de este órgano contralor, en cuanto a si debería ser el MOPT el
encargado de tramitar los permisos y estudios técnicos ambientales y en qué parte del proyecto
deberían estar esos permisos.
Al respecto, es pertinente señalar que en el ejercicio de la potestad consultiva de la
Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre
de 1994) y la Circular Nº CO-529 “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la
Contraloría General de la República”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de
junio de 2000, se establecen los requerimientos para la presentación de las gestiones de consulta, de
donde cabe destacar que estos deben ser considerados al interponer una consulta ante este órgano
contralor, dentro de las cuales interesa particularmente mencionar lo regulado en los puntos 2, 3,4 y
6 de la circular en mención:
“2. La Contraloría General de la República evacuará las consultas en forma escrita,
siempre que versen sobre materias propias de sus compete ...
Fecha publicación: 11/11/2011
Fecha emisión: 08/11/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 09948
FAX Nro. 2591-1202
12 de octubre, 2011
DFOE-DL-0906
Arquitecto
José Rafael Huertas Guillén
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Estimado señor:
Asunto: Aprobación del presupuesto extraordinario Nro. 2-2011 de la
Municipalidad de Oreamuno.
Con la aprobación de la Contraloría General de la República, se remite el
presupuesto extraordinario Nro. 2-2011 de la Municipalidad de Oreamuno, por un
monto de ¢888 668,00.
Al respecto, se indica lo siguiente:
1. Este documento presupuestario fue registrado por esa Municipalidad
como Nro. 3-20111, cuando lo correcto es Nro. 2-2011; por lo tanto deberán realizar
el ajuste en los registros presupuestarios para que se refleje la numeración correcta.
2. En la sección de ingresos el aporte por ¢888.668,00 proveniente del
Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven deberán trasladarlo al
grupo de Transferencias de corrientes de órganos desconcentrados, de conformidad
con lo dispuesto en los clasificadores de ingresos e institucional vigentes.
3. La aplicación de los citados recursos queda a responsabilidad de esa
Administración, la cual debe velar porque se ejecuten acorde con lo aprobado por el
mencionado Consejo.
4. De conformidad con lo señalado en las “Indicaciones para la formulación
y remisión a la Contraloría General de la República del plan operativo anual y del
proyecto de presupuesto para el ejercicio económico 2012”, que se encuentra en la
página web de esta Contraloría General, en el punto B. inciso I. viii, se indica que la
“Certificación de verificación de requisitos del bloque de legalidad que debe cumplir
el presupuesto inicial y sus variaciones ...
Fecha publicación: 21/10/2011
Fecha emisión: 12/10/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 08619
12 de setiembre, 2011
DCA-2344
Señora
Laura Rojas Araya
Secretaria
Consejo Municipal de la Municipalidad de Oreamuno
Estimada señora:
Asunto: No se refrenda por no requerirlo el contrato suscrito entre la Municipalidad de
Oreamuno y las temporalidades de la Iglesia Católica para el préstamo a título precario del
inmueble Folio Real 3-109073-000 propiedad de dicha Municipalidad.
Nos referimos a su oficio 0891-SCM-2011 de fecha 24 de agosto del presente año, mediante el
cual solicita el refrendo del contrato referido en el asunto.
Una vez realizado el estudio de rigor, este Despacho ha podido determinar que el actual
Reglamento de Refrendo, vigente desde el 1 de enero de 2008, en su artículo 5 establece que no
estarán sujetos a refrendo los permisos de uso otorgados de conformidad con el artículo 154 de la
Ley General de la Administración Pública (a título precario), aún cuando estos se plasmen en un
convenio.
Ahora bien, el objeto del contrato celebrado entre la Municipalidad de Oreamuno y las
temporalidades de la Iglesia Católica es prestar a título gratuito el inmueble propiedad de dicha
municipalidad por el periodo comprendido entre el 10 y el 31 de octubre del año en curso para la
realización de las fiestas patronales, por lo que se trata de un permiso de uso en precario, por lo que
no requiere de refrendo por parte de este órgano contralor, de conformidad con lo estipulado en el
artículo 5 del Reglamento de Refrendo ya mencionado.
No obstante lo anterior, no omite este Órgano Contralor hacer las siguientes recomendaciones:
1) Es responsabilidad de la Municipalidad la fiscalización del uso adecuado del bien.
2
2) Al ser un permiso de uso en precario, la Municipalidad puede revocar el mismo sin
responsabilidad, de conformidad con lo regulado sobre la materia en el artículo 154 la ...
Fecha publicación: 16/09/2011
Fecha emisión: 12/09/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 08522
08 de setiembre de 2011
DJ-0995-2011
Señores
Emilio Arias Rodríguez
María Lourdes Echandi Gurdián
Miembros, Junta Directiva
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
(ARESEP)
Estimados señores:
Asunto: Se rechaza solicitud de reconsideración en relación con la opinión jurídica no
vinculante emitida mediante oficio No. 07094 (DJ- 0828- 2011) de fecha 3 de agosto de 2011.
Nos referimos a su escrito, sin número, presentado a esta Contraloría General de la República
el día 16 de agosto del año en curso, mediante el cual se solicita evaluar la pertinencia de reconsiderar
la opinión jurídica no vinculante contenida en el oficio No. 07094 (DJ-0828-2011) de fecha 3 de
agosto de 2011, emitida por la División Jurídica de la Contraloría General de la República.
Sobre el particular, indican los solicitantes, con el objetivo de ampliar los antecedentes de la
consulta planteada por el Regulador General de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, en
oficio número 288- RG- 2011, que en su oportunidad esa autoridad, consultó a la Procuraduría General
de la República que si en vista de que el artículo 1º de la ley de creación de la ARESEP dispone que
esa institución “no se sujetará a los lineamientos del Poder Ejecutivo en el cumplimiento de las
atribuciones que se le otorgan en esta ley”, cabría concluir que la ARESEP se encontraba fuera del
alcance del poder de dirección del Poder Ejecutivo, el cual se concretiza en el dictado de directrices,
como la aludida.
Igualmente, señalan los gestionantes que la Procuraduría General de la República al resolver la
consulta en su dictamen vinculante No. C-102-2006 de fecha 7 de marzo de 2006, determinó que el
Poder Ejecutivo sí está en capacidad de vincular a la ARESEP mediante una directriz dirigida a regular
temas como el salarial y de austeridad.
Asimismo, manifiestan que si bien el pronunciamiento de la Procu ...
Fecha publicación: 02/09/2011
Fecha emisión: 30/08/2011
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 07139
4 de agosto, 2011
DFOE-DL-0621
Arquitecto
José Rafael Huertas Guillén
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Estimado señor:
Asunto: Aprobación del presupuesto extraordinario Nro. 1-2011 de la
Municipalidad de Oreamuno.
Con la aprobación de la Contraloría General de la República, se remite el
presupuesto extraordinario Nro. 1-2011 de la Municipalidad de Oreamuno, por un
monto de ¢229.257.562,89.
Al respecto se indica lo siguiente:
1. En la aplicación de los recursos provenientes de partidas específicas
queda a entera responsabilidad de esa Administración el verificar la finalidad exacta
establecida en la ley que les da origen y que se administren como lo establece la
Ley Nro. 7755, relativa al Control de las partidas específicas asignadas con cargo al
Presupuesto Nacional. Además, deberán atender lo señalado en los artículos 7 y 25
de la Ley Orgánica de esta Contraloría General, así como las regulaciones
contempladas en la Circular Nro. 14299 (DFOE-188-2001) del 18 de diciembre de
2001.
2. La aprobación del Superávit específico se realiza considerando la
información aportada en los oficios Nro. 055-CM-2011 y 056-CM-2011 de fechas 26
y 27 de julio del 2011, respectivamente, suscritos por el Contador de esa
Municipalidad, mediante los cuales se comunica que los datos correctos con
respecto al Aporte del Ministerio de Gobernación y Policía y Fondo de Cementerio,
son los registrados en el resultado de la liquidación inicial, remitida con el oficio
Nro. AM-0088-2011 del 15 de febrero del 2011, a la vez que se indica que esa
información será puesta en conocimiento del Concejo Municipal.
3. La ejecución presupuestaria es re ...
Fecha publicación: 19/08/2011
Fecha emisión: 04/08/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 06270
11 de julio, 2011
DCA-1787
Señor
José Rafael Huertas Guillén
Alcalde
Municipalidad de Oreamuno
Fax: 2591-1202
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta respecto a la procedencia del pago solicitado por Ureña
Asesores Financieros y Constructores S. A., como adjudicataria de la licitación
abreviada 2010LA-000004-01, construcción puente sobre río Toyogres.
Me refiero a su oficio AM-0179-2011, recibido en esta Contraloría General el pasado 4
de mayo, mediante el cual solicita si resulta procedente el reajuste de precio referido en el
asunto.
Resulta conveniente aclarar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y en la Circular CO-529 publicada en
La Gaceta 107 del 5 de junio de 2000, únicamente se atenderán las consultas que versen sobre
materias propias de las competencias constitucionales y legales otorgadas a este órgano
contralor y siempre que no se trate de situaciones concretas que debe resolver la institución
solicitante.
En este sentido, debe indicarse que no compete a este órgano contralor emitir criterio
sobre la procedencia o no del pago solicitado por Ureña Asesores Financieros y Constructores
S.A., adjudicataria de la Licitación Abreviada 2010LA-000004-01, construcción sobre el río
Toyogres, siendo más bien responsabilidad absoluta y exclusiva de esa entidad la decisión que
se adopte en definitiva sobre ese tópico, en consecuencia, procede el rechazo de la consulta.
Atentamente,
Lic. Oscar Castro Ulloa
Gerente Asociado a.i.
OCU/Rbr
NI: 7573
Ci Archivo Central
G: 2010003097-2
] ...
Fecha publicación: 14/07/2011
Fecha emisión: 11/07/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 07094
03 de agosto de 2011
DJ-0828-2011
Señor
Dennis Meléndez Howell
Regulador General
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Estimado señor:
Asunto: Opinión jurídica no vinculante. Se atiende consulta planteada por el Regulador
General de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, sobre el ámbito
de aplicación de la Directriz- 13- H emitida el 4 de marzo del 2011, por la
Presidencia de la República conjuntamente con el Ministro de Hacienda.
Nos referimos a su oficio número 288- RG- 2011, presentado a esta Contraloría General de
la República el día 8 de junio del año en curso, mediante el cual se consulta sobre el ámbito de
aplicación de la Directriz-13-H, emitida el 4 de marzo del 2011, por la Presidencia de la República,
conjuntamente con el Ministro de Hacienda.
I. Consideraciones previas.
Señala el consultante que en Alcance No. 13-A a La Gaceta número 45 de fecha 4 de marzo
de 2011, se publicó la Directriz No. 013-H, la cual dispone una serie de lineamientos para la
reducción del gasto público y la racionalización de su uso, entre los que se encuentran los
siguientes: 1) No creación de plazas en el sector público; 2) No utilización de plazas vacantes con
las excepciones allí indicadas, y 3) Las entidades públicas en su conjunto reducirán mediante
modificación presupuestaria un veinte por ciento (20%) de sus presupuestos aprobados,
exceptuándose las partidas de remuneraciones, transferencias y el servicio de la deuda pública,
incluyendo la sub- partida de información.
Asimismo, indica el consultante que el artículo 9 de la mencionada directriz, enumera un
listado de instituciones públicas que están excepcionadas de la aplicación de la directriz, entre las
cuales no se encuentra la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP).
De igual manera, el consultante manifiesta tener dudas razonables sobre la aplicación de esa
di ...
Fecha publicación: 09/07/2011
Fecha emisión: 06/07/2011
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Institucionas Autonomas, Canones
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 03570
25 de abril, 2011
DCA-1040
Señor
Luis Fernando Sequeira Solís
Auditor Interno
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos
Estimado señor:
Asunto: Se atiende consulta relacionada con el registro extemporáneo en el Sistema Integrado de
Actividad Contractual (en adelante SIAC), de la contratación directa 2010CD-000112-ARESEP.
Nos referimos a su oficio PROV-00365-2010, de fecha 24 de enero de dos mil once
recibido el día 25 del mismo mes y año, por medio del cual solicita el refrendo del contrato referido
en el asunto.
I. Antecedentes de la consulta.
La auditoría Interna de la Autoridad Reguladora de los Servicio Públicos, expone lo
siguiente:
-Que de conformidad con el estudio que se está realizando en la Auditoría Interna sobre la
“Evaluación del proceso de contratación para el alquiler del edificio Multipark se observa que el
Registro en el SIAC de la contratación Directa 2010 CD-000112-ARESEP se aplicó en forma
extemporánea
-Que la Administración activa reconoce el acto administrativo y consulta al Lic. José
Antonio Solera Víquez, consultor legal, si ese hecho generar conlleva alguna responsabilidad.
-Que mediante oficio JASV-010-2010 del 19 de marzo de 2010, el Lic. Solera indica al
Regulador General Dr. Fernando Herrero A, lo siguiente:
“…6. En el criterio del suscrito, en ningún momento se ha pretendido soslayar la formalidad de la
conformación de un expediente ni hacer los registros correspondientes, si no que estos
requerimientos se han cumplido según las características propias de la modalidad de selección del
contratista que se ha empleado en este caso de conformidad con el ordenamiento jurídico. Lo
anterior de ninguna manera es generador de responsabilidades de ningún tipo, toda vez que para
ello se requieren actuaciones negligentes, originadas en una culpa grave o dolo y el caso pre ...
Fecha publicación: 28/04/2011
Fecha emisión: 25/04/2011
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA